Volver al inicio

Busca en Solo Apuntes con FreeFind
← Tema XXVIII•  •Hª Medieval España •  • Tema XXX→ 

Historia Medieval de España

Tema XXIX: EL REINO DE MALLORCA

Bibliografía: MARTÍN RODRÍGUEZ, J. L.: Manual de Historia de España. 2. La España Medieval, Madrid, Historia 16, 1993.

Autor:Anónimo

La conquista de la isla fue fundamentalmente obra de catalanes. La campaña fue financiada mediante el cobro en Cataluña del bovatge (impuesto para casos excepcionales). Conquistada Mallorca, los musulmanes que no la abandonan fueron reducidos a la esclavitud y sus bienes repartidos entre los conquistadores proporcionalmente a los contingentes militares aportados. Las ciudades que colaboraron en la conquista también fueron recompensadas, así, desde 1231 se conceden franquicias comerciales en la isla a mercaderes de Barcelona, Tarragona, Lérida, Perpiñán, Montpellier, etc.

Si los catalanes logran franquicias en la isla, los nuevos mallorquines ven recogido en la Carta de Franquicia o de Franquesa, considerada la Carta Constitucional del Reino, el derecho a comerciar, exentos de cualquier carga fiscal, en todos los territorios sometidos a la jurisdicción de Jaime I y en aquellos que en un futuro pudieran conquistar.

A. INDEPENDENCIA POLÍTICA Y VINCULACIÓN ECONÓMICA

El libre comercio de mallorquines en los territorios de la Corona, de los catalanes en la isla y la concesión de la Carta de Franquesa, puede hacer pensar que Mallorca se incorpora a la Corona en plena igualdad con Cataluña, Aragón y, más tarde, Valencia, pero no es así. Jaime I utiliza las islas para resolver problemas peninsulares, así a cambio de los derechos sobre Urgell cede el feudo vitalicio Mallorca y Menorca y, durante 2 años, reservará la conquista de Ibiza a Pedro de Portugal y al conde Nuño Sánchez, a los que se unirá el arzobispo de Tarragona.

Pedro de Portugal mantiene el feudo mallorquín hasta 1244. pero la entrega a Pedro del señorío mallorquín no anula los derechos de Jaime I que en todos los testamentos deja el reino a sus hijos. Según el último testamento, los hijos de Jaime I actuarían en sus respectivos dominios como soberanos independientes, pero en la práctica el reino de Mallorca está subordinado a los dominios del primogénito. Esto queda claro en el Tratado de Perpiñán (1279), en el que Pedro el Grande hace que su hermano Jaime II reconozca la dependencia política de Mallorca respecto a Aragón y la dependencia económica respecto a Cataluña.

La ocupación de Sicilia en 1282 divide a los mallorquines: mientras la burguesía comercial se une a Pedro el Grande y colabora en la campaña, la nobleza y Jaime II se alían al Pontificado y a la monarquía francesa contra el rey de Aragón y ponen fin al vasallaje concertado en 1279. Pedro el Grande mantuvo su política de atracción de los mercaderes mallorquines y ratificó la exención de impuestos comerciales en las ciudades de la Corona. La presión económica con fines políticos es una práctica habitual que explica la facilidad con la que se acepta la ocupación del reino por el monarca aragonés en 1285 y las buenas relaciones que mantienen los mercaderes de Mallorca y la Corona después de la devolución del reino a Jaime II en 1298. En un intento de romper la dependencia económica de las islas respecto a la Corona y de finalizar su autoridad política, a comienzos del XIV Jaime II crea una moneda propia, adopta medidas para crear en la isla una industria lanera de cierta calidad, reorganiza el mundo rural para conseguir un mayor autoabastecimiento y eliminar en parte la dependencia del exterior, llevará a cabo una política proteccionista, lo que implicará malestar entre los comerciantes catalanes que verán afectado su comercio con las islas y pedirán al rey aragonés la adopción de medidas, llegando a declarar el boicot comercial al archipiélago, acompañado de la guerra de corso y la confiscación de naves insulares hasta conseguir la anulación del proteccionismo. Las medidas llevadas a cabo por Jaime II no lograron superar la crisis y Mallorca entró en un período de decadencia. En 1343 Pedro el Ceremonioso ocupó la isla y puso fin a la breve independencia de Mallorca iniciada a la muerte de Jaime I en 1276 e interrumpida entre 1285 y 1298.

B. CIUDADANOS Y FORÁNEOS

A los problemas económicos se añaden los políticos provocados por la oposición entre la ciudad y las villas de Mallorca desde la conquista por Alfonso el Franco en 1285: sólo la parte foránea, los campesinos ofrecen resistencia mientras los artesanos y mercaderes negocian condiciones de la redención, e igual sucede en 1343. El distinto planteamiento no se debe sólo a diferencias económicas, sino al malestar de los campesinos ante el control que los ciudadanos pretenden ejercer sobre todo el territorio insular a través del Consell creado en 1249. Los campesinos tienen una presencia honorífica porque no están representados en el Consell restringido.

La reorganización de las villas iniciada en 1300 por Jaime II da a estos una mayor cohesión y fuerza que se manifiesta en la reforma del rey Sancho de Mallorca en 1315: la ciudad pagará sus gastos específicos y las villa contribuirán con un tercio de los gastos comunes y podrán controlar la gestión económica; cada villa tendrá dos representantes en el Consell amplio y la parte foránea en su conjunto designará 10 síndicos sin cuya conformidad no tendrán validez las ordenanzas que afecten a villas.

La anexión del reino a la Corona coincide con un recrudecimiento de la guerra de corso en el Mediterráneo y con la aparición en las islas de la peste negra con un número de bajas alrededor de 10 mil. El mayor número de bajas se produce en las villas, quizá por emigrar sus pobladores a la ciudad donde muchos fijan su residencia una vez pasada la peste, uno de cuyos efectos es la reforma del Consell en 1351 para dar entrada a los menestrales, que tendrán igual número de representantes que ciudadanos, mercaderes y caballeros, tanto el Consejo General como en su comisión delegada o Consejo restringido.

En esta reforma no se alude a los foráneos cuyas protestas contra los impuestos y representantes se ignoran. Las peticiones serán atendidas en parte por Pedro el Ceremonioso que pone fin a determinados abusos de la ciudad: las villas estaban obligadas a abastecer de alimentos a la ciudad y en 1358 el rey dispone que nadie pueda obligar a los foráneos a llevar sus alimentos a la ciudad, salvo en guerra.

Tan importante como el reconocimiento efectivo de la proporcionalidad es conseguir la independencia de las villas, sometidos tradicionalmente al control de los jurados de la ciudad: en adelante, ni los jurados de las villas ni los síndicos estarán obligados a rendir cuentas ante los jurados de la ciudad, en lo relativo a fondos de cada villa o de comunidad foránea y la independencia se extiende a los funcionarios reales, prohibiendo a los bailes y escribanos de su curia intervenir en el manejo de los fondos municipales; los oficiales del rey no podrán elevar la cuantía de las multas por encima de lo señalado en las ordenanzas municipales.

 

C. CRISIS ECONÓMICA Y REFORMA DEL CONSEJO GENERAL

Abella es el encargado de sanear las finanzas del reino mallorquín en 10 años. Éste se propone reducir el gasto público, fiscalizar las cuentas de la administración y amortizar la deuda en el plazo de 10 años (emisión de deuda pública cuyos intereses consumen el 90% de los ingresos mallorquines, siendo sus acreedores los barceloneses), reduciendo salarios y gastos, limitar la inversión en obras públicas, reducir a 2 los representantes del Reino en la Corte, vigilar la concesión de arrendamientos de impuestos, exigir informe anual a los jurados, reducción de intereses de violarios y censales.

La oposición al plan de Abella parte de los ciudadanos que dilatan cuanto pueden su publicación a través del Consell y pretextando la falta de agilidad de éste, se reducen sus miembros. Se salva la independencia del Consejo y la letra del Privilegio de Franqueza, que se reserva la elección de los consejeros a los jurados de la ciudad y de las villas. Los jurados elegirán a los designados por el monarca.

El plan Abella fracasa por la sequía, la peste, impuestos, deuda y por la continua exigencia de ayuda económica para la defensa de Cerdeña y la construcción de naves para defensa de las islas.

Los menestrales de la ciudad lo mismo que en Barcelona, consideran que sus derechos no están suficientemente defendidos por el Consejo y aspiran a un mayor control político para resolver sus problemas económicos, con apoyo de los foráneos que intentan en vano que se revisen sus cuentas; la tensión crece a finales del XIV y Álvaro Santamaría define la situación como catastrófica.

En este caldo de cultivo llegan al Reino noticias de los ataques a los barrios judíos en las ciudades peninsulares y tras el asalto al Call de Inca, foráneos y menestrales desahogan su odio hacia los judíos y dirigentes de la ciudad. Ésta fue cercada por ejércitos foráneos que levantan el asedio cuando el gobernador acepta sus peticiones para democratizar el Consell y sanear la administración económica del Reino. De sanear la administración se encargaría un regente que no podría ser mallorquín, sino catalán, con poderes absolutos durante los 5 años de su mandato. La economía no se recupera y en 1405 se produce la quiebra de las finanzas del Reino: se firma el Contrato Santo en 1405 por el cual se crea una Junta Administrativa, formada por censalistas acreedores que centralizarán lo recaudado y realizarán los pagos: primero a acreedores catalanes, los más numerosos y con mayor volumen de deudas, y si es posible a los mallorquines.

D. DE CASPE A LA SUBLEVACIÓN FORÁNEA

La dependencia mallorquina respecto a Cataluña, económica y políticamente, se observa especialmente cuando se produce el interregno a la muerte de Martín el Humano (1396-1410).

Los mallorquines se consideran y son parte interesada en la sucesión y como tales reciben en septiembre de 1409 y 22 de enero de 1410 dos cartas de Martín el Humano, en la primera comunica el matrimonio con Margarita de Prades y en la segunda pide al Consejo General envíe personas de todos los estamentos para que le aconsejen sobre a quien pertenece el derecho de sucesión. Tres de los candidatos se dirigen a los mallorquines pidiendo apoyo para su causa y el Consejo acaba enviando una delegación a la Península, donde permanece más de 7 meses.

Los embajadores mallorquines presentan al Parlamento catalán un escrito en el que preguntan si consideran a Mallorca un reino por sí unido a los demás reinos y al Primado y si estiman que los representantes del Reino deben ser administrados en todos los actos relativos a la sucesión en plano de igualdad. La respuesta no llegó y el arzobispo de Tarragona convence a Mallorca para que retiren el escrito.

Mientras Mallorca intenta hacer valer sus derechos políticos ante aragoneses y catalanes y por lo menos conseguir la misma consideración que Valencia, los problemas económicos se agudizan y el reino carece de fondos para atender las necesidades más urgentes.

La tensión ciudad-villa impide reunir dinero para defensa del Reino y el Consejo decidió suspender el pago de sus rentas de los censalistas catalanes. Un acuerdo de revisión del Contrato Santo se firma en 1431: los acreedores aceptan un descenso de los intereses. En adelante los impuestos cobrados en Mallorca se dedican al pago de las pensiones y a la amortización de los censales. La administración la llevarían tesoreros del Reino, rindiendo cuentas ante la Junta de acreedores catalanes.

La política mediadora de Alfonso el Magnánimo exige nuevos sacrificios económicos a mallorquines y fue el detonante de la gran revuelta foránea de mediados del siglo XV.

Alfonso concede poderes absolutos al gobernador Berenguer d’Olms al que nombró lugarteniente para que pacificara ánimos, restituyendo a cada uno sus derechos, especialmente en el caso de los préstamos de ciudadanos a campesinos foráneos.

Durante los meses de enfrentamiento (1450-1451) los campesinos se niegan a contribuir en impuestos normales, a permitir a los ciudadanos vender las cosechas de las tierras que poseían en las villas e intentan anular préstamos recibidos alegando que sólo tenían para pagar hasta que las rentas se igualen al capital. La parcialidad del gobernador aliado a los ciudadanos le llevó a condenar a los foráneos al pago de 2 mil libras anuales en concepto de servidumbre perpetua irredimible, rechazado por éstos, que inician la revuelta y asedian la ciudad. El monarca se limitó a restablecer la situación corrigiendo deficiencias que dieron lugar a la revuelta y exigiendo las responsabilidades oportunas.

En mayo de 1454 libre de asuntos italianos, Alfonso dicta sentencia y concede indulto general excepto a delitos de sangre y se mantiene la organización tradicional del Reino. La economía se resintió después de 3 años de guerra abierta. Las tensiones continúan agravadas por el resurgimiento de bandería en el campo y en la ciudad hasta tiempos de Fernando el Católico y surgirán en época de Carlos V con el nombre de Germanías.

El levantamiento foráneo se relaciona directamente con los conflictos entre buscaris y bigaris de Barcelona. La presión ejercida por los acreedores catalanes pudo ser una de las causas de la tensión entre Barcelona y Mallorca y quizá influyera, junto a la escasa consideración que el Reino merecía a los dirigentes del Principado en el apoyo de los mallorquines a Jaime II durante la guerra civil catalana. La primera medida fue la supresión del pago de las pensiones, que fueron puestas a disposición del rey.

Para remediar la situación se pide al rey autorice a pagar los censales de los catalanes no en el Principado sino en la ciudad de Mallorca. Dando la razón a Mallorca frente a las reclamaciones de Pere Catllar y le condene al pago de Carta entre otras peticiones y tras la explicación ofrecerá al rey 2 mil florines de oro al tiempo que le pide se compadezca del Reino, destruido por continuas peticiones de donativos para el rey y por el pago de los censales barceloneses.

Subir al principio del documento

 
Volver al Almacén de Historia
Última actualización: Agosto 2005
 

Página alojada en Filosofía.tk

 

© 2006 filosofia.tk